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Eladio Rosabal vetado por dos juegos por invasión de aficionados en la Final

El estadio Eladio Rosabal Cordero fue vetado por dos partidos por los incidentes que se presentaron en la final el sábado anterior en dicho escenario y los heredianos multados con 2,200,000 colones y Alajuelense con 1,725,000 colones  acordó la UNAFUT.

 

 La final del Campeonato Verano JPS 2015, disputada el pasado sábado en el Estadio Eladio Rosabal Cordero, que finalizó con la obtención del título nacional a favor de los florense, fue analizada y fuertemente sancionada por el Tribunal Disciplinario de UNAFUT. 

 

El órgano del ente rector, se reunió este lunes de forma ordinaria, en acordó sancionar a Herediano con 2.200.000 colones y el veto de dos partidos a su estadio, tras lo suscitado a finalizar el partido, mientras que Alajuelense con 1.725.000 colones, por la expulsión de su entrenador Óscar Ramírez y la no presentación a la premiación. 

 

A nivel de jugadores, el manudo Johnny Acosta y el florense Dave Myrie, no podrán estar en la jornada inaugural del Campeonato Invierno 2015, tras acumular su quinta tarjeta amarilla en el certamen recién concluido. 

 

A continuación el detalle de las sanciones: 

 

CS. HEREDIANO

 

SE ACUERDA: imponer al jugador DAVE MYRIE MEDRANO, del equipo C.S.HEREDIANO, un partido de suspensión y una multa de ¢50.000.00 (cincuenta mil colones), por acumular cinco tarjetas amarillas en un mismo campeonato, de conformidad con el artículo 35 del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT. 

 

SE ACUERDA: imponer al equipo C.S. HEREDIANO, una multa de ¢200.000.00 (doscientos mil colones) por lanzamiento de objetos al terreno de juego, de conformidad con el artículo 67 inciso 3) del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 

 

SE ACUERDA: imponer al equipo C.S. HEREDIANO, una multa de ¢200.000.00 (doscientos mil colones) por lanzamiento de objetos al terreno de juego, de conformidad con el artículo 67 inciso 2) del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT

 

SE ACUERDA: con fundamento en la misma norma se apercibe al C.S. HEREDIANO, que en los casos siguientes de reincidencia de esta conducta se aplicara en forma automática el veto de uso de cancha por un partido sin necesidad de ulteriores apercibimientos. 

 

SE ACUERDA: imponer al equipo C.S. HEREDIANO una multa de ¢300.000.00 (trescientos mil colones) por invasión del terreno de juego, que puso en peligro la integridad de los participantes en el juego, de conformidad con el artículo 68 inciso d de conformidad con el artículo 68, inciso d) del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT. Así mismo con base en la misma norma se aplicará el veto de uso de la cancha del Estadio Eladio Rosabal Cordero por un partido. 

 

SE ACUERDA: imponer al equipo C.S. HEREDIANO una multa de ¢100.000.00 (cien mil colones), ya que los aficionados en forma tumultuosa, agredieron a los árbitros y a algunos jugadores del equipo A.L. D. Alajuelense, a la salida del terreno de juego, una vez concluido el partido, de conformidad con el artículo 69, inciso b) del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT. Así mismo con base en la misma norma se aplicará el veto de uso de la cancha del Estadio Eladio Rosabal Cordero por un partido.

 

 

SE ACUERDA: imponer al equipo C.S. HEREDIANO, una multa de ¢500.000.00 (quinientos mil colones) por el empleo de objetos inflamables, de conformidad con el artículo 64, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT.

 

SE ACUERDA: con fundamento en la misma norma se apercibe al C.S. HEREDIANO, que en los casos siguientes de reincidencia de esta conducta se aplicara en forma automática el veto de uso de cancha por un partido sin necesidad de ulteriores apercibimientos.

 

 

 

SE ACUERDA: imponer al equipo C.S. HEREDIANO una multa de ¢100.000.00 (cien mil colones), incumplimiento de las obligaciones de desalojo y respeto de las zonas amarillas, de conformidad con el artículo 65, inciso d) del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT.

 

 

 

SE ACUERDA: imponer al equipo C.S. HEREDIANO una multa de ¢250.000.00 (doscientos cincuenta mil colones) por asistir a la tarima de premiación con personas que no están estipulados en Reglamento de Competición (niños, novias o esposas), de conformidad con el artículo 55 punto 15, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT.

 

 

 

SE ACUERDA: imponer al equipo C.S. HEREDIANO una multa de ¢250.000.00 (doscientos cincuenta mil colones) por presentarse a la tarima de premiación con vestimenta informal, de conformidad con el artículo 55 punto 15, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT.

 

 

 

SE ACUERDA: imponer al equipo C.S. HEREDIANO una multa de ¢250.000.00 (doscientos cincuenta mil colones) por el ingreso a la tarima de premiación con banderas no autorizadas, de conformidad con el artículo 55 punto 15, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT.

 

 

LD. ALAJUELENSE 

 

SE ACUERDA: imponer al jugador JOHNNY ACOSTA ZAMORA, del equipo A.L.D ALAJUELENSE, un partido de suspensión y una multa de ¢50.000.00 (cincuenta mil colones) por acumular cinco tarjetas amarillas en un mismo campeonato, de conformidad con el artículo 35 del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT.    

 

 

 

SE ACUERDA: imponer al Director Técnico OSCAR RAMIREZ HERNANDEZ, del equipo A.L.D ALAJUELENSE, cuatro partidos de suspensión y una multa de ¢175.000.00 (ciento setenta y cinco mil colones) por emplear lenguaje ofensivo y grosero contra el árbitro, de conformidad con el artículo 38, inciso a) del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT.

 

 

 

SE ACUERDA: imponer al equipo A.L.D ALAJUELENSE, una multa de ¢1.500.000.00 (un millón quinientos mil colones) por no presentarse a la premiación oficial de UNAFUT, de conformidad con el artículo 61, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT.